DGAC GUATEMALA · DO-004-2025 ED. 02
¿Dónde puede volar su dron?
Verifíquelo en segundos, en 3 pasos:
1Toque un punto del mapa, o escriba coordenadas o un lugar en la búsqueda.
2Vea la altura máxima permitida y las restricciones que aplican.
3Planifique su vuelo: indique radio y altura y pulse Validar operación.
Consulta orientativa basada en la DO-004-2025 Ed. 02 y en un modelo de elevación del terreno aproximado. No sustituye la autorización previa, expresa y por escrito de la DGAC ni exime al operador de verificar obstáculos, estructuras y condiciones en el lugar.
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Suelte el expedienteArchivo .kml o .geojson — se evaluará contra las áreas restringidas
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Zoom —Altura máx. —
Aeródromos (9.2) · alturas medidas desde la elevación del ARP
Área magenta · pista + 60 m · prohibida
Predio del aeródromo · prohibido
Predio portuario · prohibido
Área 1 · sin operaciones
Área 2 · 20 m sobre el ARP
Área 3 · 40 m sobre el ARP
Área 4 · 60 m sobre el ARP
Área 5 · 80 m sobre el ARP
Área 6 · 100 m sobre el ARP
Sup. horizontal interna · 5.5 km · 45 m sobre el ARP
Resto del país · 120 m sobre el suelo (400 ft, numeral 10)
Aeródromo
Numeral 9.1 · prohibido (punto + radio)
Instituciones · 100 m
Embajadas · 100 m
Militar · 1 km
Hospitales · 100 m
Penales · 300 m
Helipuertos · 50 m
Puertos · 500 m
Aduanas · 300 m
Radios indicativos DVSO: la DO-004-2025 prohíbe operar sobre estos sitios y su área circundante, pero no fija una distancia; los radios dibujados son una referencia de la DVSO. Sitios verificados el 25/09/2026 (fuentes oficiales + OSM).